CAPITULACIONES MATRIMONIALES: Ley 62 - 2018 Código Civil de Puerto Rico

NOTARIOS Y NOTARIAS:

Sabías que, a partir del 27 de mayo de 2018 todo instrumento público de Capitulaciones Matrimoniales debe ser notificado al nuevo Registro de Capitulaciones Matrimoniales y obtener certificación del registro del mismo mediante solicitud de partes interesadas.  Por otra parte, la ley 62 – 2018 del Código Civil de Puerto Rico establece la opción de parejas otorgar Escritura de Capitulaciones Matrimoniales antes o luego de casados. 

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Otorgamiento de Capitulaciones Matrimoniales a registrarse en ODIN (Instrucción General #39)

Según Instrucción General #39 – Capitulaciones Matrimoniales la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) instauró el Registro de Capitulaciones Matrimoniales (Registro), el cual forma parte General de Competencias Notariales.  Lo que implica nuevos procedimientos a seguir al momento de otorgar una Escritura de Capitulaciones Matrimoniales.

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El Registro de Capitulaciones Matrimoniales adaptó dos formularios que la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) facilitó a través de su página.

¿Cuáles son los procesos a seguir según lo ordenado por la nueva Instrucción General #39?

Ley Núm. 62 de 27 de enero de 2018

“Para enmendar los Artículos 1267, 1271, 1272 y 1273 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, a los fines de permitir la modificación de las capitulaciones matrimoniales que contienen el régimen económico que rige la unión matrimonial; permitir la contratación entre cónyuges; crear el Registro de Capitulaciones Matrimoniales adscrito a la Oficina de Inspección de Notarías; y para otros fines relacionados.” 

Dichas enmiendas permiten la constitución, modificación, y/o sustitución de Capitulaciones Matrimoniales.  Lo que implica que parejas puedan otorgar Capitulaciones antes o luego de casados, modificar las capitulaciones, y/o sustituirlas.

Por consecuencia, aquellos matrimonios que opten por el otorgamiento de Capitulaciones Matrimoniales luego de casados, estos otorgan una escritura distinta a que si la otorgaran antes de casados.

Las parejas que interesen otorgar Capitulaciones con antelación a la celebración de nupcias, otorgarán el Modelo de Escritura de Capitulaciones Matrimoniales con las expresiones pertinentes, según Instrucción General #39 de ODIN, y lo establecido en las enmiendas a los artículos en la Ley 62 – 2018.

Mientras aquellas parejas que otorguen Capitulaciones luego de casados, estos otorgarán la escritura de Capitulaciones Matrimoniales Enmiendas al Régimen Económico, y tendrán la responsabilidad de liquidar los bienes que adquirieron durante el anterior régimen económico mediante Escritura de Liquidación de Bienes Gananciales donde las parejas adjudican los bienes de manera pro-indiviso; con las expresiones pertinentes según la ley lo requiere.

No tengo modelos de las escrituras de Capitulaciones Matrimoniales atemperados a la Ley 62 – 2018 ¿Dónde puedo conseguirlos?

DESCARGAR MODELOS DE DOCUMENTOS Legales y Notariales

Capitulaciones Matrimoniales

Para parejas aun no casadas.

Liquidación de Bienes Gananciales

Casados que enmendaron su régimen económico.

Enmiendas al Régimen Económico Matrimonial

Según surge de la Ley 62 – 2018 del Código  Civil, permite la oportunidad a enmendar el régimen económico matrimonial compuesto entre cónyuges a través de escritura pública.  Por consecuencia, los bienes adquiridos dentro del régimen de sociedad legal de gananciales deben ser adjudicados correspondientemente dentro de lo establecido en dicha ley, y requisitos por ODIN… […] 

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