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Renuncia de Emplazamiento

Notificación de Demanda y Solicitud de Renuncia al Emplazamiento Actualizado el 13 de septiembre del 2021. ABOGADOS, ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL: Según la Regla 4.5 de las Reglas el Procedimiento Civil de Puerto Rico se puede solicitar al Demandado o Demandada la Renuncia al procedimiento para el diligenciamiento personal del emplazamiento. De aceptar la Renuncia debidamente se dará por emplazado o emplazada la parte Demandada. Regla 4.5 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico ¡APROVECHA EL ESPECIAL DEL PAQUETE DE CAPITULACIONES MATRIMONIALES! Adquiere tu Paquete con los…

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