Normal 0 false false false EN-US X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Table Normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0in 5.4pt 0in 5.4pt; mso-para-margin-top:0in; mso-para-margin-right:0in; mso-para-margin-bottom:8.0pt; mso-para-margin-left:0in; line-height:107%; mso-pagination:widow-orphan; font-size:11.0pt; font-family:"Calibri",sans-serif; mso-ascii-font-family:Calibri; mso-ascii-theme-font:minor-latin; mso-hansi-font-family:Calibri; mso-hansi-theme-font:minor-latin; mso-bidi-font-family:"Times New Roman"; mso-bidi-theme-font:minor-bidi;}
Registro de la Propiedad: Aceptará Sentencias de SUMAC sin requerir certificación
26 de julio de 2022 | DMEB
Toda sentencia o documento emitido por el Tribunal que requiera ser presentado al Registro de la Propiedad no requerirá la diligencia de ser certificado, en su lugar un documento provisto a través de SUMAC será válido y aceptado por el Registro.
Anteriormente a la firma del Proyecto de Cámara 848 [ahora ley 60-2022] la cual enmienda el Artículo 10 de la ley 210-2015, toda Sentencia o cualquier documento emitido por el tribunal se tendría que certificar una copia para ser presentado al Registro de la Propiedad. Esto conlleva conseguir sellos de Rentas Internas, visitar secretaría, llenar un formulario e invertir tiempo para que el documento sea procesado y certificado, en adición a digitalizar el documento en formato PDF para cumplir con los requisitos necesarios del Registro de la Propiedad.
Este proceso es ineficiente, anticuado y requiere tiempo y dinero para realizar toda diligencia necesaria que envuelve el presentar al Registro escrituras, transacciones, instancias, entre otros relacionados cuyos documentos sean emitidos por el tribunal.
Finalmente, se toma provecho de los adelantos tecnológicos que se han realizado en los últimos años y, de esta forma se agilizan los procesos notariales de manera efectiva.
¿Qué significa esto?
Según cita la reciente aprobada enmienda:
… en cualquier situación en que se requiera la presentación de una sentencia o documento emitido por el Tribunal de Puerto Rico ante el Registro de la Propiedad, y dicha sentencia o documento haya sido emitida a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos del Poder Judicial de Puerto Rico (SUMAC), la copia de la sentencia o documento emitida a través de SUMAC sea suficiente sin requerir certificación adicional por parte del Tribunal; y para otros fines.
Es decir, que toda sentencia o documento emitido por el Tribunal que requiera ser presentado al Registro de la Propiedad no requerirá la diligencia de ser certificado, en su lugar el documento provisto a través de SUMAC será válido y aceptado por el Registro.
Enmienda al Artículo 10 de la Ley 20-2015
“Artículo 10.-Contenido de los documentos sujetos a inscripción.
… Cuando el acto o contrato que se pretende inscribir requiere la existencia de una sentencia o documento emitido por el tribunal de Puerto Rico, y dicha sentencia o documento sea emitido a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), el Registrador de la Propiedad aceptará el documento según emitido electrónicamente por SUMAC, como copia válida del documento existente en los archivos del tribunal, sin que sea necesario la presentación de copia certificada. En estos casos, el Registrador podrá corroborar la validez y exactitud del documento accediendo a SUMAC.
Sección 2-El Poder Judicial de Puerto Rico deberá adoptar las medidas necesarias para que los Registradores de la Propiedad tengan acceso electrónico al Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), de manera que, cuando sea necesario, puedan corroborar la validez de los documentos emitidos por SUMAC que sean sometidos para su consideración.
¿Cuándo entra en efecto la ley 60-2022?
Entrará en vigor sesenta días transcurridos desde su aprobación cuya fecha fue el 18 de julio de 2022.
¿Qué hago con los documentos del tribunal certificados?
Éstos son válidos hasta la fecha de vigencia de la ley 60-2022; transcurrido éste término no será necesario y podrá utilizarse los documentos del tribunal provistos a través de SUMAC.
Para descargar el P. de la C. 848 – 2022 según radicado, haga clic en el siguiente enlace.
Descargar Proyecto de la Cámara 848 – 2022
Para ver la Ley 60-2022 enmienda al Art. 10 de la Ley 2015
Fuentes:
Gobernador firma 21 medidas legislativas aprobadas en el cierre de la Sesión Ordinaria (2022). Vía: https://www.fortaleza.pr.gov/comunicados/gobernador-firma-21-medidas-legislativas-aprobadas-en-el-cierre-de-la-sesion-ordinaria
Al Día Microjuris (2022). Sentencias de SUMAC serán aceptadas en el Registro de la Propiedad. Vía: https://aldia.microjuris.com/2022/07/20/sentencias-de-sumac-seran-aceptadas-por-el-registro-de-la-propiedad/